Recopilación de leyes de los reinos de las Indias
El corpus legislativo dictado por la monarquía española para las colonias americanas se fue ampliando con el correr de los años, haciendo cada vez más necesaria una recopilación para facilitar su consulta. Dicha tarea se llevó a cabo tanto en América como en España y duró más de un siglo.
Las primeras compilaciones de leyes indianas se hicieron desde la segunda mitad del siglo XVI, y llevaban el nombre de "Cedularios". Sobre la base de esos trabajos, que eran de alcance parcial, a mediados del siglo XVII se inició la elaboración de una recopilación de todas las leyes aprobadas por el monarca español y el Consejo de Indias para América. La labor de ordenamiento y compilación demoró más de cuarenta años, finalizando en 1680 con la promulgación de la Recopilación de leyes de los reinos de las Indias.
La Recopilación de leyes de los reinos de las Indias constituye la obra cumbre del derecho indiano y una de las fuentes fundamentales para el estudio de las instituciones del período colonial. Impresa en cuatro volúmenes, está dividida en nueve "libros" o secciones temáticas, al interior de las cuales las leyes se presentan en orden cronológico.
Desde el punto de vista jurídico, la Recopilación fue en su tiempo de gran utilidad, al facilitar la tarea de gobernantes, jueces abogados. Sin embargo, con el correr de los años se fue acumulando un inmenso material legislativo promulgado con posterioridad a la Recopilación, lo que hizo necesario realizar nuevas compilaciones de leyes, las que sólo tuvieron un alcance parcial y no alcanzaron a abarcar toda la legislación indiana. Además, la Recopilación y las adiciones que se le hicieron durante el siglo XVIII no abarcan todo el corpus legislativo indiano, puesto que dejan fuera a las disposiciones adoptadas por las autoridades coloniales en América.